• La violacion que los jueces describieron pero no vieron

    From Enric Lleal Serra@2:343/107.1 to All on Sat Apr 28 09:03:21 2018
    �Hola All!


    Punzante art�culo de Guerra Eterna[1], que resume perfectamente el sentimiento de impotencia con que vemos en este caso, pero con el que tambi�n ver�amos otros casos parecidos pero no tan medi�ticos.


    *La violaci�n por 'la manada' que los jueces describieron pero no vieron* >Creador I�igo S�enz de Ugarte

    La sentencia que condena a los miembros de 'la manada' por un delito de abuso sexual, pero no por violaci�n, describe unos hechos probados en los que dos de los tres jueces no aprecian intimidaci�n ni violencia (el tercero pretend�a absolver a los acusados). Sin embargo, esos mismos hechos reconocidos describen
    que la v�ctima se sinti� intimidada, estaba desesperada y su voluntad qued� anulada ante la evidente situaci�n de inferioridad f�sica en que se encontraba ante sus cinco agresores, que se emplearon con indudable violencia.

    Pero aparentemente no hubo intimidaci�n ni violaci�n.

    La v�ctima estaba acorralada, en estado de shock, y si sent�a algo era miedo.

    Pero aparentemente no hubo intimidaci�n ni violaci�n.

    La metieron dentro de un portal en un lugar "rec�ndito y angosto", sin posibilidad de escapar porque hab�a "una sola salida" y estaba "rodeada por cinco varones de edades muy superiores y fuerte complexi�n".

    Pero aparentemente no hubo intimidaci�n ni violaci�n.

    La sentencia describe c�mo la desnudaron y habla de su "sensaci�n de angustia, incrementada cuando uno de los procesados acerc� la mand�bula de la denunciante
    para que le hiciera una felaci�n y en esa situaci�n, not� como otro de los procesados le cog�a de la cadera y le bajaba los leggins y el tanga".

    La obligaron "una vez en el interior del habit�culo a realizar diversos actos de naturaleza sexual con cada uno de ellos, vali�ndose de su superioridad f�sica y num�rica y de la imposibilidad de la denunciante, de ejercer resistencia ante el temor a sufrir un da�o mayor y la imposibilidad de huir del
    lugar".

    Pero aparentemente no hubo intimidaci�n ni violaci�n.

    La v�ctima "sinti� un intenso agobio y desasosiego, que le produjo estupor y le
    hizo adoptar una actitud de sometimiento y pasividad, determin�ndole a hacer lo
    que los procesados le dec�an que hiciera, manteniendo la mayor parte del tiempo
    los ojos cerrados".

    Cualquiera dir�a que se sent�a intimidada, pero aparentemente no hubo intimidaci�n ni violaci�n.

    La v�ctima fue penetrada bucalmente, vaginalmente y analmente ("sin que ninguno
    utilizara preservativo"). La sentencia refleja que la chica de 18 a�os nunca antes hab�a mantenido relaciones sexuales en grupo, ni con desconocidos, ni hab�a practicado sexo oral.

    Nunca antes hab�a hecho algo as�. Hab�a bebido (ten�a un 0,91 de alcohol en la sangre) y su voluntad s�lo pod�a flaquear.

    Pero aparentemente no hubo intimidaci�n ni violaci�n.

    La sentencia recoge su testimonio en comisar�a ante los polic�as: "Que preguntada a si ha intentado zafarse de ambos, manifiesta que s�, pero no ha podido, adem�s no pod�a gritar, puesto que el chico del reloj, le ha tapado la boca continuamente (...). Que cuando han entrado, la han rodeado los cuatro, y la han tirado al suelo, siendo que le han soltado el sujetador, y mientras le sujetaban la boca, para que les hiciera una felaci�n, a la vez que le soltaban los botones del pantal�n".

    Tambi�n recoge su testimonio ante el juez instructor: "Que en ese momento los otros dos la sujetaron y la introdujeron en el portal. Que la declarante iba hablando normal y le dijeron que se callara y no gritara. (...) Que la rodearon
    entre todos y uno de ellos la cogi� de la cara y le oblig� en ese momento a hacerle una felaci�n".

    La sentencia da credibilidad al testimonio de la v�ctima, tambi�n cuando dice que no pod�a gritar, pero aparentemente no considera que fuera intimidada o violada.

    En el juicio, la v�ctima dice, seg�n la sentencia, que le "sorprendi� mucho la forma en que me cogieron pero lo que he dicho antes, yo no me imaginaba que iba
    a suceder lo que pas�, yo que s�... yo sinceramente lo que pensaba es que �bamos a entrar al portal porque quer�an fumarse un porro, as� hablando un poco
    mal, pero es lo que pensaba que iba a pasar; entonces no me... o sea, me sorprendi� la brusquedad pero no pens� que iba a ocurrir lo que ocurri�".

    La sentencia no oculta que la v�ctima pas� miedo y que estaba en estado de shock. Su voluntad hab�a quedado sometida. "En concreto precis� que cuando llegaron al cub�culo empez� a sentir m�s miedo, porque se vio rodeada por los cuatro y ante determinadas actitudes de ellos se someti�, quer�a que todo acabara y luego irse, le daba igual lo que pasara".

    En la descripci�n que aparece en la sentencia de las im�genes de v�deo rodadas con un m�vil por los acusados, queda claro el grado de terror de la v�ctima durante las relaciones sexuales forzadas: "La denunciante durante todo el desarrollo de la secuencia muestra un rictus ausente, mantiene durante todo el tiempo los ojos cerrados, no realiza ning�n gesto ni muestra ninguna actitud que impresione de toma de iniciativa respecto de actos de �ndole sexual, ni de interacci�n con los realizados por los procesados; apreciamos que los soporta en un estado que nos sugiere ausencia y embotamiento de sus facultades superiores".

    En la valoraci�n del v�deo que hacen los jueces -donde los hombres colocan su pene en la boca de ella y le agarran por la nuca para moverle la cabeza-, "evidencia caracterizadamente la situaci�n de prevalimiento y abuso de la superioridad sobre la denunciante por parte de los procesados; muestra de modo palmario que aquella est� sometida a la voluntad de estos, quienes la utilizan como un mero objeto, para satisfacer sobre ella sus instintos sexuales".

    Le quitan la ropa, abusan de ella, la penetran anal, bucal y vaginalmente, la utilizan como un objeto sexual sin que ella muestre ning�n placer ni asentimiento, pero aparentemente no se considera que fuera intimidada o violada.

    La sentencia explica despu�s por qu� condena a los acusados por abuso sexual, pero no por violaci�n. Plantea que el art�culo 178 del C�digo Penal obliga a que haya "medios violentos e intimidatorios".

    Aparentemente, cinco hombres metiendo a una mujer en un cub�culo sin escapatoria no es violencia. Cinco hombres metiendo su pene en la boca de una mujer consciente pero aterrorizada no es violencia. Cinco hombres penetrando vaginal y analmente a una mujer que ya no tiene ninguna posibilidad de resistirse no es violencia, o al menos no hay violencia suficiente para que se pueda hablar de violaci�n.

    Se requiere, dice la sentencia, "una violencia id�nea", no para vencer la resistencia de la v�ctima (quiz� eso sea demasiado f�cil), "sino para doblegar la voluntad del sujeto pasivo".

    Nos recuerda una sentencia del Tribunal Supremo que ha definido c�mo debe ser esa resistencia. Hay unos cuantos requisitos. No tiene que ser desesperada, en lo que parece un ardid ling��stico, porque a fin de cuentas todo lo que pas� a esta v�ctima en Pamplona evoca una situaci�n desesperada. Pero parece que no fue suficiente.

    Tiene que ser "verdadera, decidida, continuada y que exteriorice inequ�vocamente la voluntad contraria al contacto sexual". Los jueces del Supremo ponen el list�n realmente alto a las mujeres violadas en Espa�a para que se pueda hablar de violaci�n.

    Si una mujer queda paralizada por el terror, entonces es improbable que su resistencia sea suficiente para colmar los deseos del Supremo. Si no es continuada, si s�lo se expresa antes de que empiece la violaci�n, quiz� los jueces no queden satisfechos. Si todas las mujeres recuerdan los consejos que dan las expertas en estos delitos y no se resisten para no ser gravemente heridas o asesinadas, nunca habr� una violaci�n reconocida en una sentencia.

    Una sentencia del Supremo del a�o 2000, citada en esta sentencia (p�gina 96), contradice aparentemente todo esto, al decir que "sin que sea necesario que sea
    irresistible desde un punto de vista objetivo, pues no es exigible a la v�ctima
    que ponga en riesgo serio su integridad f�sica o incluso su vida en defensa de su libertad sexual".

    Eso es lo que dictar�a el sentido com�n y resulta bastante coherente con la situaci�n sufrida por la mujer violada en Pamplona, pero aparentemente en este caso no sirve para que haya intimidaci�n ni violaci�n.

    Los jueces tienen una concepci�n espec�fica sobre lo que es intimidaci�n. No busquen en el diccionario porque es de creaci�n propia del Derecho espa�ol. La sentencia dice que "ha sido definida por la jurisprudencia como constre�imiento
    psicol�gico, consistente en la amenaza o el anuncio de un mal grave, futuro y veros�mil, si la v�ctima no accede a participar en una determinada acci�n sexual".

    Para que haya intimidaci�n, te tienen que amenazar con un mal que se producir�adespu�s del acto sexual forzado y frustrado por la v�ctima. Aparentemente, la jurisprudencia no considera que la violaci�n en s� misma sea un mal. El mal es s�lo lo que viene despu�s.

    Esta sentencia describe con claridad que la v�ctima se sinti� intimidada por varias razones. No se niega en los hechos probados. Pero no importa. Estaba tan
    intimidada que no tuvieron que amenazarle con ning�n mal posterior para poder ejecutar la violaci�n. Por tanto, no es violaci�n y no hay intimidaci�n.

    Los jueces tienen una idea muy clara en sus requisitos para que haya violencia:
    "golpes, empujones, desgarros; es decir, fuerza eficaz y suficiente para vencer
    la voluntad de la denunciante y obligarle a realizar actos de naturaleza sexual".

    En el caso de Pamplona, no aparecen reflejados de forma espec�fica golpes o empujones, pero s� lo segundo. La descripci�n de los hechos que hace la propia sentencia revela que hubo exactamente eso, "fuerza eficaz y suficiente para vencer la voluntad de la denunciante y obligarle a realizar actos de naturaleza
    sexual". �Pero golpes? �Hubo golpes que dejaron huella?

    Las lesiones por las que le atendieron en el hospital no eran lo bastante graves. Como esa fuerza fue tan "eficaz y suficiente" que no fue necesario dar un pu�etazo a la v�ctima para que se sometiera, no hubo que atenderla de una fractura o hematoma. Por tanto no hubo violaci�n.

    Es la violaci�n perfecta, aquella que se comete sin pu�etazos, porque as� deja de ser violaci�n a ojos de un juez de este pa�s.

    En este caso, a la v�ctima le era imposible "ejercer resistencia ante el temor a sufrir un da�o mayor y la imposibilidad de huir del lugar", como dice la sentencia. Fue humillada. Fue penetrada. Fue aterrorizada. Fue tratada como un objeto sexual contra su voluntad cegada por el miedo. Fue abandonada como un trapo en un sucio portal.

    Pero no hubo violaci�n porque la v�ctima era culpable de sentir miedo a morir.


    [1]http://www.guerraeterna.com/la-violacion-por-la-manada-que-los-jueces-descri
    bieron-pero-no-vieron/



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    A reveure!!
    Enric
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